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acuerdo bilateral de servicios aéreos
Definição1
Acuerdo suscrito entre dos o más Estados que permite la operación de servicios aéreos comerciales en rutas designadas y a través de aeropuertos designados.
Fonte1
ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Criterios y texto de orientación sobre la reglamentación económica del transporte aéreo internacional. Montreal, 2014. (Doc 9587).
Fonte2
COLÔMBIA. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. Reglamentos Aeronáuticos de Colombia: RAC 1: cuestiones preliminares, disposiciones iniciales, definiciones y abreviaturas. Enmienda 5. Mayo 2019.
Subárea
Legislación Aeronáutica
Português
acordo de serviços aéreos