A B C D E F G H I K L M N O P Q R S T U V W Z



Back to: "E"

Estado contratante
Fonte1
ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Manual de vigilancia de la seguridad operacional: parte B: establecimiento y gestión de una organización regional de vigilancia de la seguridad operacional. 2. ed. Montreal, 2011. (Doc. 9734 AN/959).
Fonte2
ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Normas y procedimientos para el registro internacional. 7.ed. Montreal, 2016. (Doc. 9864).
Contexto
El Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) y sus Anexos asignan la responsabilidad por la seguridad operacional de la aviación a cada Estado contratante. Cada Estado es responsable del mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves, operaciones de aeronaves que sean seguras y eficientes, el otorgamiento de licencias o la certificación del personal y la afluencia segura del tránsito aéreo dentro de su espacio aéreo, incluyendo el suministro de servicios de tránsito aéreo y una adecuada infraestructura de aeródromos.
Una “consulta sobre Estado contratante” es una consulta respecto a todas las declaraciones y designaciones, y el retiro de las mismas, formuladas en el marco del Convenio y del Protocolo por el Estado contratante especificado en la consulta. Un “certificado de consulta sobre Estado contratante” es un certificado expedido en respuesta a una consulta sobre Estado contratante.
Português
país contratante