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zona libre de obstáculos
- Definição1
- Área rectangular definida en el terreno o en el agua y bajo control de la autoridad aeronáutica, designada o preparada como área adecuada sobre la cual un avión puede efectuar una parte del ascenso inicial hasta una altura especificada.
- Fonte1
- DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL CHILE. Léxico: definiciones y acrónimos de la D.G.A.C. 4ª ed. Santiago, 2005.
- Fonte2
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Manual de diseño de aeródromos. Parte 1: pistas. 3.ed. Montreal, 2006. (DOC 9157 AN/901).
- Nota adicional1
- Sigla en Español: CWY
- Contexto
- Deberían evitarse los cambios bruscos ascendentes de pendientes cuando la pendiente de una zona libre de obstáculos sea relativamente pequeña o cuando la pendiente media sea ascendente. Cuando existan estas condiciones, en la parte de la zona libre de obstáculos comprendida en la distancia de 22,5 m a cada lado de la prolongación del eje, las pendientes, los cambios de pendiente y la transición de la pista a la zona libre de obstáculos generalmente deberían ajustarse a los de la pista con la cual esté relacionada dicha zona.
- Ver
- zona despejada de obstáculos
- Português
- zona desimpedida