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rotor de helicóptero
- Fonte1
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Anexo 6 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Operación de aeronaves. Parte 3: operaciones internacionales – helicópteros. 7ª ed. Montreal, 2010.
- Contexto
- 2.2.4.2 El rotor de helicóptero no se hará girar con potencia de motor para volar sin que se encuentre un piloto calificado al mando. El explotador proporcionará instrucción debidamente específica y procedimientos que habrá de seguir todo el personal, salvo los pilotos calificados, que tenga que girar el rotor con potencia de motor para fines ajenos al vuelo.
- Subárea
- Aeronaves
- Português
- hélice de helicóptero