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densidad de tráfico
Fonte1
ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Manual de Planificación de Aeropuertos. Parte 1 – Planificación General. 2. ed. Montreal, 1987. (Doc. 9184-AN/902).
Contexto
Manual de planificación de aeropuertos Tabla A1-4. Categorías de pistas para los planes de zonificación del ruido en el Brasil Pista para tráfico regular de gran densidad de aeronaves grandes Densidad de tráfico regular de aeronaves grandes equivalente o superior a 6 000 movimientos anuales u operaciones nocturnas con más de dos movimientos
1. Los requisitos se aplican tanto a las aeronaves como a los vehículos. 2. El requisito de distancia de 90 NM se aplica en la dirección hacia delante (es decir, el sentido del rumbo de la propia aeronave). La distancia requerida hacia atrás es 40 NM. La distancia requerida de 45º a babor y estribor del rumbo de la propia aeronave es 64 NM (véase RTCA/DO-242A, Apéndice G). La distancia requerida a 90º a babor y estribor del rumbo de la propia aeronave es 45 NM. (La distancia deseada de 120-NM se aplica en la dirección hacia adelante. La distancia deseada hacia atrás es 42 NM. La distancia deseada a 45º a babor y estribor del rumbo de la propia aeronave es 85 NM.) 3. Las distancias aire-aire ampliadas hasta 90 NM están dirigidas a apoyar la aplicación de la planificación de solución de conflictos de trayectoria de vuelo, separación cooperativa en el espacio aéreo en ruta, oceánico/baja densidad. El concepto operacional y limitaciones asociados al uso del ADS-B para garantía de separación y ordenamiento no han sido plenamente validados. Es posible que sea necesario imponer distancias más largas. Además, la distancia mínima requerida puede aplicarse aún en entornos de alta interferencia, como el suelo de vuelo de áreas terminales con alta densidad de tráfico.
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