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organización de instrucción reconocida
- Definição1
- Entidad aprobada y certificada por la DGAC para que realice la instrucción de las tripulaciones de vuelo.
- Fonte1
- DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL DEL ECUADOR. RDAC parte 001: definiciones y abreviaturas. Quito, 2010. Disponível em: http://www.dgac.gob.ec/attachments/article/255/RDAC%20Parte%20001.pdf. Acesso em: 25 mar. 2013.
- Definição2
- Entidad aprobada por y que funciona bajo la supervisión de un Estado contratante de conformidad con los requisitos del Anexo 1, para que realice la instrucción reconocida.
- Fonte2
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Manual de procedimientos para el establecimiento y gestión de un Sistema estatal para el otorgamiento de licencias al personal. 2.ed. Montreal, 2012. (Doc. 9379).
- Fonte3
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Anexo 1 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional: licencias al personal. 11. ed. Montreal, 2011. (Anexo 1).
- Nota adicional1
- Acrónimo en inglés: ATO
- Contexto
- Como se indica en el Doc 9841, la mejora continua de los programas de instrucción ofrecidos por organizaciones de instrucción reconocidas se enmarca en los programas de garantía de calidad. Sin embargo, como principio general, los planes de estudios deberían revisarse periódicamente, como mínimo una vez cada tres años, para asegurar que son pertinentes y reflejan la situación actual de los requisitos legales, la tecnología, la terminología, las prácticas operacionales, etc.
- Subárea
- Instrucción
- Português
- organização de treinamento aprovada