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operaciones regulares domésticas e internacionales LAR 121
Definição1
Cualquier operación regular conducida por un explotador que opera cualesquiera de los aviones descritos abajo y en los lugares establecidos a seguir: 1. aviones: a. turborreactores; b. turbohélices y alternativos con una configuración de más de 19 asientos de pasajeros, excluyendo los asientos de la tripulación; c. turbohélices y alternativos con un peso (masa) máximo certificado de despegue superior a 5700 kg. 2. lugares: a. operaciones domésticas: entre cualquier aeródromo dentro de un Estado; b. operaciones internacionales: b.1. entre cualquier aeródromo dentro de un Estado y cualquier aeródromo fuera de dicho Estado; b.2. entre cualquier aeródromo fuera de un Estado y otro aeródromo también fuera de dicho Estado.
Fonte1
ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Comisión Latinoamericana de Aviación Civil. LAR 119: certificación de explotadores de servicios aéreos. Montreal, 2008. 40 p. (Reglamento Aeronáutico Latinoamericano)
Português
operações regulares 121