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aeronave civil
- Definição1
- Aeronave que no es del Estado.
- Fonte1
- DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL DEL ECUADOR. RDAC parte 001: definiciones y abreviaturas. Quito, 2010. Disponível em: http://www.dgac.gob.ec/attachments/article/255/RDAC%20Parte%20001.pdf. Acesso em: 25 mar. 2013.
- Fonte2
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Resoluciones vigentes de la Asamblea (al 8 de octubre de 2010). Montreal, 2011. (Doc. 9958).
- Contexto
- Cada Estado contratante incorporará en su legislación o reglamentación todas las disposiciones necesarias para que toda aeronave civil matriculada en él o explotada por un explotador cuya oficina principal o residencia permanente se encuentre en su territorio, tenga la obligación de acatar dicha orden. Cada Estado contratante tomará las disposiciones necesarias para que toda violación de esas leyes o reglamentos aplicables se castigue con sanciones severas, y someterá el caso a sus autoridades competentes de conformidad con las leyes nacionales.
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