<< dependencia de los servicios de búsqueda y salvamento | dependencia de servicios de tránsito aéreo | deportes aéreos >>
Back to: "D"
dependencia de servicios de tránsito aéreo
- Definição1
- Expresión genérica que se aplica, según el caso, a una dependencia de control de tránsito aéreo, a un centro de información de vuelo o a una oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo.
- Fonte1
- DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL. Regulaciones Aeronáuticas del Perú. Introducción e índice general. Revisión 15. Lima, 2002. Disponível em: http://www.mtc.gob.pe/portal/transportes/aereo/regulaciones/docs/rap_rev15/rap1/rap_1_subparte_a_rev15.PDF. Acesso em: 28 nov. 2011.
- Fonte2
- EMBRAER. Embraer Technical Dictionary = Dicionário Técnico Embraer. São José dos Campos, SP, 06 aug. 2001. 1 CD-ROM. (Version 1.0).
- Fonte3
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Vocabulario de aviación civil internacional. 3. ed. Montreal, 2007. (Doc. 9713).
- Fonte4
- ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL. Anexo 3 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional: servicio meteorológico para la navegación aérea internacional. 17. ed. Montreal, 2010. (ANEXO 3).
- Contexto
- El piloto al mando debería avisar tan pronto como le sea posible a la dependencia ATS apropiada siempre que no encuentre en las fases de ascenso inicial o aproximación del vuelo condiciones notificadas o pronosticadas de cizalladura del viento, a menos que el piloto al mando tenga conocimiento de que una aeronave precedente ya lo ha notificado a la dependencia de servicios de tránsito aéreo apropiada.
- Subárea
- Control del Tráfico Aéreo
- Português
- unidade de serviço de tráfego aéreo