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- Definição1
- (1) Con respecto a motores recíprocos, significa la potencia al freno desarrollada bajo las condiciones de los r.p.m. del cigüeñal y presión de admisión del motor aprobado para el despegue normal, y limitado su uso continuo al período de tiempo indicado en la especificación aprobada del motor, y (2) con respecto a motores potenciados por turbina, significa la potencia al freno desarrollada bajo condiciones estáticas a una altitud especificada y temperatura atmo sférica, bajo las condiciones de r.p.m. máxima del eje rotor y temperatura de gas, aprobadas para el despegue normal y limitado en uso continuo, al período de tiempo indicado en la especificación aprobada del motor.
- Fonte1
- DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL. Regulaciones Aeronáuticas del Perú. Introducción e índice general. Revisión 15. Lima, 2002. Disponível em: http://www.mtc.gob.pe/portal/transportes/aereo/regulaciones/ docs/rap_rev15/rap1/rap_1_subparte_a_rev15.PDF. Acesso em: 28 nov. 2011.
- Fonte2
- EMBRAER. Embraer Technical Dictionary = Dicionário Técnico Embraer. São José dos Campos, SP, 06 aug. 2001. 1 CD-ROM. (Version 1.0).
- Subárea
- Motores
- Português
- potência de decolagem