Espanhol/Português
<< altitud mínima de seguridad | altitud mínima en ruta | altitud real >>
Back to: "A"altitud mínima en ruta
- Definição1
- Altitud para un tramo en ruta que permite la recepción apropiada de las instalaciones y servicios de navegación aérea y las comunicaciones ATS pertinentes, cumple con la estructura del espacio aéreo y permite conservar el margen de franqueamiento de obstáculos requerido.
- Fonte1
- INTERNATIONAL CIVIL AVIATION ORGANIZATION. Operación de aeronaves: procedimientos para los servicios de navegación aérea. 5. ed. Montreal, 2006. (Doc. 8168- OPS/ 611)
- Definição2
- Nivel de vuelo mínimo en ruta que garantiza franqueamiento de obstáculos.
- Fonte2
- DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL. Regulaciones Aeronáuticas del Perú. Introducción e índice general. Revisión 15. Lima, 2002. Disponível em: http://www.mtc.gob.pe/portal/transportes/aereo/regulaciones/ docs/rap_rev15/rap1/rap_1_subparte_a_rev15.PDF. Acesso em: 28 nov. 2011.
- Nota linguística
- MEA es la sigla del inglés: minimum en-route altitude.
- Subárea
- Aeronavegabilidad
- Broader Term
- altitud
- Português
- altitude mínima IFR em rota